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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
Sefior Notario:
Sirvase usted extender en su registro de escrituras publicas, una en la que conste el Contrato
de Inversidn en Exploracion que celebran el ESTADO PERUANO, debidamente representado
por el Director General de Mineria, Ingeniero Edgardo Elias Alva Bazan, identificado con
Documento Nacional de Identidad N° 06984888. autonzado por el articulo 13° del Reglamento
de la Ley N° 27623 y modificatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF, con
domicilio en Av. Las Aries Sur N° 260. San Borja. Lima, a quien en adelante se denominara
EL ESTADO; y de la otra parte CANARIACO COPPER PERU S.A. identificada con R.U.C N°
203043122701, con domicilio en Calle Antequera N° 777. Of. 1101. distrito de San Isidro,
Lima, debidamente representada por su Apoderada la senora LU2 NATALY REATEGUI
ESPINOZA, identificada con D.N.I. N° 09378411, segun poder inscrito en el Asiento C00023
de la Partida N® 11725959 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima
de la Superintendencia Nacional de ios Registros Publicos • SUNARP, a quien en adelante se
ie denominara “EL INVERSIONISTA”.
PRIMERO.- En la fecha, el ESTADO y el INVERSIONISTA ban celebrado un Contrato de
Inversion en Exploracion al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 27623 y su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo N® 082-2002-EF.
SEGUNDO.- Por la presente, ambas partes convienen en elevar a escritura publica el contrato
antes mencionado, el mismo que se insertara, conjuntamente con la Resolucion Ministerial N°
046-2012-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de febrero de
2012, que designa al ingeniero Edgardo Elias Alva Bazan como Director General de Mineria y
la Resolucion Ministerial N° 264-2013-MEM/DM, publicada en el diario oficial El Peruano con
fecha 10 de julio de 2013, que aprueba la Lista de Bienes y Servicios materia del referido
contrato.
Agregue usted serior notario las demas clausulas de ley, e inserte Ios documentos referidos en
la clausula segunda.
Lima, 26 de julio de 2013.
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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CONTRATO DE INVERSION EN EXPLORACION
Conste por el presente documento el Contrato de Inversion en Exploracion que
celebran:
(i) El ESTADO PERUANO, debidamente representado por el Director General de
Mineria del Ministerio de Energia y Minas, Ingeniero Edgardo Elias Alva Bazan, identificado
con Documento Nacional de Identidad N° 06984888, autorizado por el articulo 13" del
Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF, a quien en
adelante se le denominara "EL ESTADO”; y,
(ii) CANARIACO COPPER PERU S.A. identificada con R.U.C. N° 203043122701, con
domicilio en Calle Antequera N° 777, Of. 1101, distrito de San Isidro, Lima, debidamente
W' representada por su Apoderada la sefiora LU2 NATALY REATEGUI ESPINOZA, identificada
con D.N.I. N° 09378411, segOn poder inscritoen el Asiento C00023 de la Partida N* 11725959
del Registro de Personas Jurldicas de la Oficina Registral de Lima de la Superintendence
Nacional de los Registros Piiblicos • SUNARP. a quien en adelante se le denominara “EL
INVERSIONISTA”, en los terminos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: Antecedentes
1.1. EL INVERSIONISTA es titular o concesionario de las concesiones mineras
senaladas en el Anexo III.
1.2. Mediante Ley N° 27623, norma que dispone la devolucion del Impuesto General a
las Ventas e Impuesto de Promocidn Municipal a los titulares de la actividad minera durante la
fase de exploracion. de fecha 8 de enero de 2002, se establecio que los titulares de las
concesiones mineras tendr£n derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las
Ventas e Impuesto de Promocion Municipal que les sean trasladados o que paguen para la
ejecucion de sus actividades durante la fase de exploracion.
1.3. Mediante Decreto Supremo N° 082-2002-EF, de fecha 16 de mayo de 2002, se
aprobo el Reglamento de la Ley N° 27623 y mediante Resolution Ministerial N° 530-2002-
EM/DM, se aprobo el modelo de Contrato de Inversion en Exploracion.
1.4. A fin de acogerse al beneficio contemplado en las precitadas normas. EL
INVERSIONISTA ha solicitado con fecha 04 de marzo de 2013 la suscripcidn del Contrato de
Inversion al que se refiere el articulo 1s de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEGUNDA: Objeto del Contrato
Es objeto del presente Contrato permitir el acceso del INVERSIONISTA a los
beneficios del regimen de devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
Promocion Municipal al que se refieren la Ley N° 27623 y $u Reglamento, los mismos que no
surtiran efecto de existir incumplimiento por parte del INVERSIONISTA a lo dispuesto en
dichas normas.
MINlSTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CLAUSULA TERCERA: Compromisos de las partes
3.1. Compromises del INVERSIONISTA:
Por medio del presente Contrato, el INVERSIONISTA, se compromete a ejecutar, a
partir de la suscripcion del mismo, inversiones en exploracidn en las concesiones seftaladas
en la clausula 1.1. por un monto de US$ 2’093,500.00 (Dos Millones Noventa y Tres Mil
Quinientos y 00/100 Dolares Americanos) para el periodo comprendido entre los meses de
julio a diciembre de 2013.
Las inversiones referidas en el p&rrafo precedente se ejecutardn de conformidad con el
Programa de Inversion que se adjunta como Anexo I y que forma parte integrants del presente
contrato y estaran destinadas a la obtencidn de los bienes y servicios comprendidos en la lista
aprobada por Resolucion Ministerial N® 264-2013-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El
Peruano con fecha 10 de julio de 2013, la misma que como Anexo II forma parte del presente
contrato.
3.2. Compromisos del ESTADO:
Por su parte, el ESTADO se compromete a otorgar al INVERSIONISTA los beneficios
contemplados en la Ley N° 27623, siempre que dste cumpla con los requisites establecidos en
dicho dispositivo legal y en su reglamento.
Asimismo, el ESTADO garantiza la estabilidad de este regimen de devolution por lo
que cualquier modificacion normativa al mismo, posterior al presente contrato. no le resultara
aplicable.
CLAUSULA CUARTA: Ajustes al Programa de Inversion
El Programa de Inversion antes mencionado podra ser modificado en el curso de su
ejecucion. La aprobacion de cualquier modificacion debera solicitarse a ia Direction General
de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, siendo de aplicacion todas las normas que
regulan la presentation y aprobacion de nuevos programas De ser el caso. luego de la
aprobacion de las modificaciones al Programs de Inversion, se procedera a adecuar el
presente contrato mediante addendum.
CLAUSULA QUINTA: Ejecucion del Programa de Inversion
La ejecucion del Programa de Inversion sera efectuada de acuerdo con lo establecido
en el Reglamento de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEXTA: Causales de Resolucion
Constituyen causales de resolucion de pleno derecho del presente contrato, sin que
medie el requisite de comunicacion previa, las siguientes:
6.1. El inicio de las operaciones productivas con anterioridad al cumplimiento del
programa de inversion en exploration comprometido. Enttendase por inicio de operaciones
productivas el termino establecido en el segundo parrafo del articulo 3s del Reglamento.
6.2. La extincion de las concesiones mineras a la que se refiere el numeral 1.1 de la
clausula primera del presente documento.
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CLAUSULA SETIMA: Arbitraje
Cualquier litigio, controversia o reclamacion relativa a la interpretaci6n, ejecucion o
validez del presente contrato sera resuelta mediante arbitraje de Derecho, llevado a cabo en la
ciudad de Lima.
El arbitraje sera reaiizado por un Tribunal Arbitral conformado por tres miembros, de
los cuales cada una de las partes nombrara uno, dentro del plazo de treinta (30) dlas contados
a partir del pedido de nombramiento, siendo el tercero nombrado de comun acuerdo por los
dos primeros, dentro de los treinta (30) dias siguientes al nombramiento del segundo arbitro.
El plazo de duracion de! proceso arbitral no debera exceder de sesenta (60) dias
habiles, contados desde la fecha de designation del ultimo arbitro y se regira por lo dispuesto
en el Decreto Legislative N' 1071, norma que regula el arbitraje y/o las normas que lo
sustituyan o modifiquen.
Los gastos que se generen por la aplicacion de lo pactado en la presente clausula.
ser£n sufragados por las partes contratantes en igual medida.
Los gastos notariales y/o registrales que origine este contrato, son de cargo del
INVERSIONISTA.
CLAUSULA OCTAVA: Notificaciones
Para los efectos del presente contrato, las partes senalan como sus domicilios los
indicados en la introduction del presente documento, donde se les considerara presentes. Las
notificaciones dirigidas a los domicilios indicados se tendran por bien hechas Cualquier
cambio de domicilio debera notificarse por escrito con una anticipation de diez (10) dias
calendario. Las comunicaciones o notificaciones que se cursen antes de tomar conocimiento
del nuevo domicilio, surtiran efecto en el domicilio anterior.
En serial de conformidad, las partes suscriben el presente documento en tres copias
de igual tenor, en Lima, a los 26 dias del mes de julio de dos mil trece.
ANEXOI
CRONOGRAMA DE EJECUCION DE INVERSIONES EN EXPLORACION EN EL PERiODO DE MAYO A DICIEMBRE OE 2013
CAflARIACO COPPER PERO S.A.
_(USJ)_
uh ▼ rAT a i
INVCRaiuNcd JULIO AGOSTO I SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE I DICIEMBRE 1 U IAL
II. SERVICIOS
■1 Servicios de Qoeraciones de Exploration Minera
ToDoaraficos v qeodesicos 0.00 0.00 3.000.00 000 0.00 3.000.00 6.000.00
Geoldgicos y geotecnicos(incluye petrograficos, minegraficos.
hldroldgieos. reslllucidn fologrametrica, fotografias aereas, mecanice
de rocas). 45.000 00 0.00 000 0.00 0.00 0.00 45.000 00
Servicios qeoflsicos v aeoquimicos (induve ensaves) 0.00 0.00 000 0.00 0.00 0.00 OOO
Servicios de perforation dlamantina y de circulation reversa (rote
oercifsiva). 250.000.00 250.000.00 250.000.00 250.000.00 250.000.00 000 1.250.000 00
Ensaves de aboratorio (analisis de minerales.suelos.aaua.etc). 000 000 0.00 000 0.00 0.00 000
bl Otros servicios vinculados a la Actividad de Exploration Miner a
Servlclo de alojamlento y allmentacion del personal operativo del
Titular del Provecto. 75.000.00 45.000.00 45.000.00 45.00000 45.000.00 45.000.00 300.000 00
Serviclo de asesorla, consultoria. estudios tdcnlcos especiales y
audltorlas destlrados a las actividades de exploration minera. 15,000.00 0.00 70.000.00 0.00 70.000.00 0.00 155.000.00
Servicios de inspection, mantemmierito y reparacldn de maquinaria.
vehlcul08 v eauioos necesarios oara las actividades de exploration. 3,000.00 1.000.00 1.000 00 1.000.00 1.000.00 1.000.00 8.000.00
Alquiler o arrendamiento financier de maquinaria,vehiculos y
eauloos necesarios para las actividades de exoloracion. 15.000.00 15.000 00 10.000.00 10.000 00 10.000.00 10.000.00 70.000 00
Transports de personal, maquinaria. equipo, materlales y suministros
necesarios para las actividades de exploracion y la construccion de
campamentos. 40.00000 20.000.00 20.000.00 20.000 00 20.000.00 20.000.00 140.000.00
Servicios relscionados con la protection ambientai 2.000.00 3.000.00 3.000.00 3 000 00 3 000.00 3.000.00 17.000.00
Servicios de siBtemas e informatics 2.500 00 1.000.00 0 00 1.ooo.oo 0.00 1.000 00 5.500.00
Servicios de comunlcaclones.induyen comunica&on radial, telefonia 2 000.00 12.500.00
satOlltal. 2.500.00 2.000 00 2.000.00 2 000.00 2.000.00
Servicios de seguridad y vigilancla de instalaciones y personal
onftrAtivn 10.000.00 lo tion no 10.000 00 10.00000 10 000.00 10.000.00 60.000 00
Ha eenurns 2.000 00 1 500 00 1.500.00 1 500 00 1 500 00 1.500 00 9,500 00
Qerwi/*lne He eiivilm 5 000 00 p nrt 5 000.00 0.00 5.000.00 0.00 15,000.00
TOTAL INVERSIONES 467,000.00 348,600,00 420.600.00 343,60000 417.900.00 96.900-00 2,093,600.00
) >
ANEXO II
499010 NORMAS LEGALES c-
WtBWIgS *C « J.I.CM 20'$
Ejecucibn Presupuestana", aprobada por la Resolucibn durante la fase de exploracibn;
Diredoral N® 030-201O-EF/76 01 y modificatonas. Que, el Ministerio de Economia y Fmanzas mediante
Articulo 3®.- Los piiegos del Gotnemo Nacional, Oficio N* 128-2013-EF/1501 de fectia 30 de mayo
Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales para reafizar de 2013, emitib opinion favorable a la lista de bienes y
el compromiso correspondiente a los gastos que se servicios presentoda por CANARIACO COPPER PERU
financian con cargo a fuentes de financiamiento distinlas S A. considerando que la lista presentado por la citada
a la de Recursos Ordinanos, deben considerar la previsibn empresa coincide con los bienes y servicios aprobodos
an la recaudacibn, captacion y obtencion de recursos por el Decreto Supremo N“ 150-2002-EF, adecuada al
por las fuentes de financiamiento antes mencionadas Arancel de Aduanas vigente.
que esperan obtener al cierre del presente aflo fiscal, en Con la opinibn favorable de la Direccidn General de
concordancia con lo sefiaiado en el articulo 61° del Texto Minerla del Mimsteno de Energia y Minas;
Unico Ordenado de la Ley N° 26411, Ley General del De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante articulo 6” del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado
Oecreto Supremo N® 304-2012-EF. por Decreto Supremo Ns 082-2002-EF y el arllculo 9* del
Reglstrese, comuniquese y publfquese Reglamento de Orgamzacibn y Funciones del Mimsteno
de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N°
RODOLFO ACUNA NAMIHAS 031-2007-EM;
Director General SE RESUELVE
Direccion General de Presupuesto Publico
Articulo Unico.-Aprobar la lista de bienes y servicios
ANEXO cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoaon
LEY N’ 29951 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PU8UCO Municipal a tavor de CANARIACO COPPER PERU SA.
PARAELANO FISCAL 2013 durante la fase de exploracibn, de acuerdo con el Anexo
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUAL (PCA| que torma parte integrante de la presente resolucion
ministerial
POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RESOLUCION DIRECTORAL N’ 013-2013-EF/SO 01 Registrese, comuniquese y pubtiquese
(En nuevoj solesl JORGE MERINO TAFUR
NIVEL DEGOBIERNO TOTAL
Mmistro de Energia y Minas
G08IERNO NACIONAL 68 274 498 270
GOBIERN03 REGIONALES 21 834 086172
GOBIERNOS LOCALES 26 0SS455 582 ANEXO II
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS OUE TIENEN
TOTAL GENERAL 116 164 040 024
DERECHO A LA DEVOLUCION DEL IGV E IPM
959623-1 CANARIACO COPPER PERU SA.
W SMMRTBA OCSCMPCnN |
NACIONAL
Aprueban lista de bienes y servicios 1 2506.10.00 00 BEMONITA.
cuya adquisicidn otorgarS derecho 2 3824.90.6000 PREPARAClONES PARA. FILIIOCS DE
a la devolucibn del IGV e Impuesto PERFORAClON DE POZOSfLOOOSl
3 3926.9060.00
de Promocibn Municipal a favor de PROTECTORES AWTIRRUIDOS DE materia
PlASTICA
Caflariaco Copper Peril $.A. durante 6401.10.0060 CHZAOO CON PUNTERA METALICi D-
fase de exploracibn 1 PROTECCION
RESOLUCION MINISTERIAL 5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGUROAO
i 7228.800000 BARftAS HUEC«S PARA PERFORACIOtl C:
N“ 264-2013-MEMfOM ‘CEROS ALEADOS O 8* ALE'S
Lima. 4 de |uiio de 2013 7 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORAClON DE ‘LERC
inoxiDable
CONSlDERANDO i 7304.23.0000 .OSOEMAS ruBOS OE PERFORAClON
Oue. medwnte Decrelo Supremo N° 082-2002-EF se i 8207.13.10.00 TREPANOS V CORONAS CON PARTE bS=RAN7=
aprobOelReglamenlodela Ley N® 27623, modificada por DE CERMET
la Ley N® 27662 y amphada su vigencia por Ley N® 29966. 10 8207 13.20.00 9AOCAS CONP4STE OPERANTE DECESME*
que dispone la devoluobn del Impuesio General a las 11 8207.13.30.00 BASSE NAS MEGRAlES CON PARTE OPERANTE
Ventas e impuesto de Promocton Municipal a los utulares DE CERMET
de la ecbvidad mnera durante la lose de exploracibn, 10$ CEMAS 'JT0.ES CON PAR'' OPERANTE CS
Oue. el inciso c) del articulo 6* del otado reglamento 12 8207.13.90.00
esteulo que el detale de la lista de bienes y servicios se CERMET
aprobars mediante resolucion ministerial del Minisieno de 13 8207.19 10 00 TREPANOS Y COROUASEXCEPTO DE CERMET
Energia y Minas, previa opmibn favorable del Minisieno 14 820? 192100 BROCAS DttMANTAOAS EXCEPTOOE CERMET
de Economia y Fnanzas. IS *207 1929.00 LAS OEMAS BROCAS EXCSPTO OE CERMET >
Oue. por Decreto Supremo N® 150-2002-EF se aprobb DIAMANTADAS
la hsia general de los bienes y servicios cuya adqusicion
otorgara el derecho a la devolucion defimbvo del >6 8207 1930.00 BARRENASWTEGRALES
Impuesto General a las Venus e Impuesio de Promocibn t? 820? 198000 LOS DEI4AS UTILES INTERCALATES DE
Municipal; PERFORAClON V SONDEO
Oue. por Esciilo N® 2272455. CANARIACO COPPER 18 820' 90 00.00 -OS OEUAS UTILES INTERCAMilABLES
PERU S A sdicRO al Mrusteno de Energia y Minas la 19 8430 41 00 00 -AS OEUAS UACUMAS DE SOM3EO 0
suscripcion de un Contralo de Inversibn en Exploracibn. ®ERPORACION AUTOPROPUISADAS
adjuntando la ksta de bienes y servicios cuya adquisicwn
le otorgara el derecho a la devolucibn del impuesio 20 8430 49 00 00 US OEMAS MAQUWA.S OE -SONOEC >
General a las Ventas e Impuesio de Promobbn Municipal. PERFORAabNEXCEPTOAUTCPROPULSADAS
m NORMAS LEGALES 499011
Me 10 de u iiq ce 20 * 3
ip BUBMRT1DA descrpci6n • Service* de mterprateoon mutoespectral de msgsnes ya seen
KACI0NAL sanitates o eouoos aerotransportados
21 643113 10 00 BALANCINES - Ensaves de laboratono (analisi? de mmerales suelos agua elc )
6431.43 80 00
22 LAS DEMAS PARTES DE MAOUiNAS OE 8 ON DEO 8] Otros Servicioe Vinculades a la Aclividad d« Enploracidn Minera:
0 PERFCRAPON 0E LAS SUBPARTIOAS 5430 41 « $e«viciQ de alojamenio y alimenlacwn del persona operatrve de-1
U 9130 49 Titular deJ Provecto
22 8517.61 00 00 ESTAC1CMES BiSE • Seivico de asesoria. consul Iona esludios tecncos espeoaies y
24 8517.62.90 00 LOS DELIAS APARATOS PARI LA RECEPClCN audilorias destriados a las actrnJades de exploreocr mnera
CONVERSION Y TRANSMISION C REGENERA CION • Services de diseno. ccrsSuccon montqe industrial electneo y
0EV0Z IMAGES UOTROSOATOS mecanico armado y desamado de maqunanas y equipo necesano
25 3523.49.20.00 SOPORTES bPTICOS GRA0AOOS PARA para las acUvidades de la eiplivaadn mnera.
REPROCuClR IMAGES 0 IMAGES Y SONIDO • Services de rspecoon mantenrrtiento y reparacon de maqurana
26 8523.19.90.00 .OS DEMAS SOPORTES OPTICOS GRABADOS v eouioo utfeado en ias actrvidades de eioloracion mnera
27 87t42l.10.l0 CAMlONETAS Pick-up OE ENCENOIDO POR « Alqutler o arrendamtenlo finanoe»0 de maquinana. vehicufes y
COMPRESldN EN8AMBLADAS CON PESO total eauiDos necesariM D-ara (as adrvtdade$ de e*plorac»n
COS CARGA MAXIMA INFERIOR 0 IGUAL A 4 537 * Trari$pgrtedepersofial maqumana eqiapo. rTbalenalesysominetros
T DIESEL necesancs para las acuvidades de exploration y (a cons Juccion de
28 8705 20 00.03 CAMiONES AUtbMOVILES °ARA SONDEO 0 camparentcs
PERF0RACIOS • ServeiM rnedicos y hospita(ano$
28 30 00 00 CAMARAS ESPECLALES PARA FOTOGRAFiA • Servicioe reiaoonedos con la piolecodn embental.
SUB MARINA 0 A.EREA EXAMES MEDICO DE - Seryicios de »stemas e miomatica.
DRGAN05 1NTESN0S 0 =ARA JLBORATORIOS DE
MECICINA LEGAL 0 IDENTIFICACION JUDICIAL - Seryicw de eomumcaoenea ncluyen uhwhcxx* iaiM.
10 SOU 10 00 00 MICROSCOPlOS ESTEREOSC-0P1C0S telefonie HWital
21 son.20 oo oo LOS demAs MICROS COPlOS para - Seivicm de seflundad iLduitnal y convamceoctos
FOTOMICROGRAFiA. ClNEFOTOMlCPOGRAfIA 0 - Seryiccs de segundad y oglaiioa de «>uiaaene» y persona
MICRO PROyECCIOS opentivd
32 9012 10WOO MICROSCOPlOS EXCSPTO LOS OPTICOS. - Serrcios de segu'd
OlFRACTOGRAFOS - Seiveios de resoie euito
33 9014.2C.00.00 INSTRUMENTOS Y iPARA_OS PARA NAVEGACON
AERSA C ESPADAL iEXCEPTO LAS BRUJULAS1 958972-1
34 8014.60.00.00 ,0S OEMAS INSTRUMENTOS Y APARITOS DE
NAVEGAClON Declaran extinguida servidumbre de
35 9015 10 00 00 TELEMETROS electroducto de Ifnea de transmisidn
36 9015 20 1C OO TEODOUTOS de 60 kV SE Independence - SE Pisco
37 9015.20 20 00 TAQUIMETROS en tramo que corresponde el sector
38 9015 30 00 00 NIVELES donde se ubica Asociacidn Pro Vivienda
30 9015 40 10.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE Asentamiento Humano "Marcelino
FOTOGRAMETRiA ELECTRlCOS 0
Ernesto Salaverry CarriOn"
ELECTRONIC OS
9015.40.90.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE
40 'OTOGRAMETRlA EXCEPTO ELECTRIC08 0 RESOLUCION MINISTERIAL
N® 265-2013-MEM/DM
i •LECTROSICOS
n S-C15.60.10.00 .05 OEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS Lima, 4 de julio de 2013
ELECTRlCOS 0 ELEC'RONlCOS EXCEPTO DE
FOTOGRAMETRiA VISTO El Expediente N" 21224112. pressrrtado per
12 SC-15 80 90 00 .OS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS la empresa ELECTROPERU S.A., sobre exlncioo de
EXCEPTO ELECTRlCOS O ELECTRdNICOS servidumbre.
d3 9015 90 00 00 PARTES YACCESORIQS
44 9020 00 00 00 LOS DEMAS APARATOS RESPIRATORlOS Y CONSIDERANOO:
MASCARAS ANTIGAS EXCEPTO LAS MASCARAS
CE PRCTECCION SIN MECANISMO Nl ELEMENTO Que, mediante el Testimonio de Escntira Publica
filtrinte amovible N® 513 de fee ha 28 de abrt de 1977. se constituyo
15 9027 30 K CC ESPECTROMETROS ESPECTROFOTOMETROS Y una seividumbre de electroducto e indemnazacion por
ESPECTROGRaFOS OUE UTILICEN RADIACIONES dartos a favor de ELECTROPERU S A para la Linea de
OPTICAS .LTV usibles IR) Tran situ sion de 60 kV SE Independenaa -SE Pisco, sobre
9030.33.00.00 .OS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA un area (faja) de dos mil seasoentos vemlicinco (2625) m!
16 MECIDA O CONTROL DE TENSION. INTENSIDAD que afecto una parte del predn denorrunado 'Rosalia-,
RESISTENCIA O POTENClA. SIN DISPOSITIVO ubicado en el distiito y provinda de Pisco, depanomento
i de lea, inscrito en el asiento 1 de fo)as 129, tomo 46 de
i REGISTRiDOR los Registros Publicos de Pro pied ad Inmueble de Pisco,
II SERVICI08 actualizados en la Partida N® 11012100 del Registro de
Propiedad Inmueble de la Oflona Registrai de Pisco.
Que. lanto Electro Sur Medio S.A factual mente Electro
at Seivlelea Operaoieaes da Explaraolen Mlneia: Dunos S A A ) como ELECTROPERU S.A medianle los
Tocografgos ygecdlsicos. documenlos N® GL-030-10 y N® G-732-2012. de techas
Gedogicos y geoleoiicos (mduye petrograficos. mmeregialicce 23 de febrero de 2010 y 06 de setiembre de 2012.
respectivamente, man ifrestan que el rscomdo de larelenda
•u4fc*>gicos resbiKSon latogiamddrca fotografies Mrcas linea de transmision fue modificada, estabtec
-necenica de rocasj. nueva servidumbre sobre las nuevas areas afeciadas.
Seryicros geolisjoos y geoquimicos (induye eneeyes) mediante la Resolucion Ministerial N® 078-96-EM/VME.
Seivoos de penforaddn diamandna y da cecuiaaon reveeda (-cto publicada el 14 de febrero de 1996;
pe'cusiva) Que. en el presente caso, atendiendo a lo sokcitado
Ser.icios eerotopograficcs a traves del Oficio N° 620-2013-MEM-DGE, nobficodo
el 22 de abni de 2013, de la Direccbn General de la
ANEXO III
CANARIACO COPPER PERU S.A.
RELACION DE CONCESIONES MINERAS
item Conceskm Minera C6diqo Unico Partida Reqlstral Has
1 Canariaco A 15000004Y02 20002633 1.000.00
2 Canariaco 8 15000005Y02 20002634 1,000.00
3 Canariaco C 15000006Y01 20002635 1.000.00
4 Cafiariaco D 15000007Y01 20002636 500.00
5 Canariaco E 01-00226-04 11054442 1,000.00
6 Caftariaco F1 01-00312-04 11054445 1,000.00
7 Canariaco G 01-01790-05 11054460 1,000.00
8 Canariaco H 01-03174-06 11071154 1,000 00