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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CONTRATO DE INVERSION EN EXPLORACION
Conste por el presente documento el Contrato de Inversion en Exploracion que
celebran:
(i) El Estado Peruano, debidamente representado por el Director General de Mineria
del Ministerio de Energia y Minas, ingeniero Oscar Alfredo Rodriguez Munoz, identificado con
Documento Nacional de Identidad N° 08767639, autorizado por el articulo 13° del Reglamento
de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF, a quien en adelante se
le denominara “EL ESTADO”; y,
(ii) APURIMAC FERRUM S.A. identificada con R.U.C. N° 20509435937, con domicilio
en Av. Camino Real N° 348, departamento 1701, distrito de San Isidro, Lima, representada por
su Gerente General senor Federico Schwalb Flelguero, identificado con Documento Nacional
de Identidad N° 07808998, segun poder inscrito en el asiento C00008 de la Partida N°
11678388 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Lima de la
Superintendence Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, a quien en adelante se le
denominara “EL INVERSIONISTA”, en los terminos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: Antecedentes
1.1. EL INVERSIONISTA es titular o concesionario de las Concesiones Mineras
senaladas en el Anexo III.
1.2. Mediante Ley N° 27623, norma que dispone la devolucion del Impuesto General a
las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a los titulares de la actividad minera durante la
fase de exploracion, de fecha 8 de enero de 2002, se establecio que los titulares de las
concesiones mineras tendran derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las
Ventas e Impuesto de Promocion Municipal que les sean trasladados o que paguen para la
ejecucion de sus actividades durante la fase de exploracion.
1.3. Mediante Decreto Supremo N° 082-2002-EF, de fecha 16 de mayo de 2002, se
aprobo el Reglamento de la Ley N° 27623 y mediante Resolucion Ministerial N° 530-2002-
EM/DM, se aprobo el modelo de Contrato de Inversion en Exploracion.
1.4. A fin de acogerse al beneficio contemplado en las precitadas normas, EL
INVERSIONISTA ha solicitado con fecha 03 de abril de 2008 la suscripcion del Contrato de
Inversion al que se refiere el articulo 1° de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEGUNDA: Objeto del Contrato
Es objeto del presente Contrato permitir el acceso del INVERSIONISTA a los
beneficios del regimen de devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
Promocion Municipal al que se refieren la Ley N° 27623 y su Reglamento, los mismos que no
surtiran efecto de existir incumplimiento por parte del INVERSIONISTA a lo dispuesto en
dichas normas.
CLAUSULA TERCERA: Compromises de las partes
3.1. Compromises del INVERSIONISTA:
MINISTERiO DE ENERGIA Y MINAS
Por medio del presente Contrato, el INVERSIONISTA, se compromete a ejecutar, a
partir de la suscripcion del mismo, inversiones en exploracion en las concesiones senaladas
en la clausula 1.1. por un monto de US$ 1’288,018.00 (Un Millon Doscientos Ochenta y Ocho
Mil Dieciocho y 00/100 Dolares Americanos), en un plazo de cinco (5) meses contados a partir
del mes de agosto hasta diciembre de 2008.
Las inversiones referidas en el parrafo precedente se ejecutaran de conformidad con el
Programa de Inversion que se adjunta como Anexo I y que forma parte integrante del presente
contrato y estaran destinadas a la obtencion de los bienes y servicios comprendidos en la lista
aprobada por Resolucion Ministerial N° 357-2008-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El
Peruano el 5 de agosto de 2008, la misma que como Anexo II forma parte del presente
contrato.
3.2. Compromises del ESTADO:
Por su parte, el ESTADO se compromete a otorgar al INVERSIONISTA los beneficios
contemplados en la Ley N° 27623, siempre que este cumpla con los requisitos establecidos en
dicho dispositivo legal y en su reglamento.
Asimismo, el ESTADO garantiza la estabilidad de este regimen de devolucion por lo
que cualquier modificacion normativa al mismo, posterior al presente contrato, no le resultara
aplicable.
CLAUSULA CUARTA: Ajustes al Programa de Inversion
El Programa de Inversion antes mencionado podra ser modificado en el curso de su
ejecucion. La aprobacion de cualquier modificacion debera solicitarse a la Direction General
de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, siendo de aplicacion todas las normas que
regulan la presentation y aprobacion de nuevos programas. De ser el caso, luego de la
aprobacion de las modificaciones al Programa de Inversion, se procedera a adecuar el
presente contrato mediante addendum.
CLAUSULA QUINTA: Ejecucion del Programa de Inversion
La ejecucion del Programa de Inversion sera efectuada de acuerdo con lo establecido
en el Reglamento de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEXTA: Causales de Resolucion
Constituyen causales de resolucion de pleno derecho del presente contrato, sin que
medie el requisito de comunicacion previa, las siguientes:
6.1. El inicio de las operaciones productivas con anterioridad al cumplimiento del
programa de inversion en exploracion comprometido. Entiendase por inicio de operaciones
productivas el termino establecido en el segundo parrafo del artlculo 3° del Reglamento.
6.2. La extincion de las concesiones mineras a la que se refiere el numeral 1.1 de la
clausula primera del presente documento.
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CLAUSULA SETIMA: Arbitraje
Cualquier litigio, controversia o reclamacion relativa a la interpretation, ejecucion o
validez del presente contrato sera resuelta mediante arbitraje de Derecho, llevado a cabo en la
ciudad de Lima.
El arbitraje sera realizado por un Tribunal Arbitral conformado por tres miembros, de
los cuales cada una de las partes nombrara uno, dentro del plazo de treinta (30) dias contados
a partir del pedido de nombramiento, siendo el tercero nombrado de comun acuerdo por los
dos primeros, dentro de los treinta (30) dias siguientes al nombramiento del segundo arbitro.
El plazo de duracion del proceso arbitral no debera exceder de sesenta (60) dias
habiles, contados desde la fecha de designation del ultimo arbitro y se regira por lo dispuesto
en la Ley General de Arbitraje, aprobada por Ley N° 26572 y/o las normas que la sustituyan o
modifiquen.
Los gastos que se generen por la aplicacion de lo pactado en la presente clausula,
seran sufragados por las partes contratantes en igual medida.
Los gastos notariales y/o registrales que origine este contrato, son de cargo del
INVERSIONISTA
CLAUSULA OCTAVA: Notificaciones
Para los efectos del presente contrato, las partes senalan como sus domicilios los
indicados en la introduction del presente documento, donde se les considerara presentes. Las
notificaciones dirigidas a los domicilios indicados se tendran por bien hechas. Cualquier
cambio de domicilio debera notificarse por escrito con una anticipation de diez (10) dias
calendario. Las comunicaciones o notificaciones que se cursen antes de tomar conocimiento
del nuevo domicilio, surtiran efecto en el domicilio anterior.
En senal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en tres copias
de igual tenor, en Lima, a los 27 dias del mes de agosto de dos mil ocho.
ANEXO N° I
APURIMAC FERRUM S.A,
CRONOGRAMA DE INVERSIONES EN EXPLORACION
Agosto a Diciembre 2008
(En Dolares Americanos)
ACTIVIDADES TOTAL
AGO SEP OCT NOV DIC
Servicios Topograficos y geodesicos. 2.000 2.000 2.000 2.000 2.000 10.000
Servicios geofisicos y geoqulmicos (incluye ensayes) 652.800 348.040 0 0 0 1.000.840
Servicios de perforacion diamantina y de circulacion 47.183 28.310 0 0 0 75.493
reversa (roto percusiva)
Servicios aerotopograficos 0 0 0 0 0
Servicios de interpretacion multiespectral de 31.937 31.937 31.937 31.937 31.937 159.685
imageries ya sean satelitales o equipos
aerotransportados.
Alquiler o arrendamiento fmanciero de maquinaria , 8.400,00 8.400,00 8.400,00 8.400,00 8.400,00 42.000
vehiculos y equipos necesarios para las actividades
de exploracion minera.
Total 742.320 418.687 42.337 42.337 42.337 1.288.018
MINISrEftfC D6 ENEftOA Y MINA
OPM DGM
r 15
ANEXO II FOLIO.
Numeros
377580 NORMAS LEGALES 0 Peruano
Uma, JnartB55 dft MPStods 2008
001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del "Aetras
ANEXO
Pliego 010: Ministerio de Educacion, hasta por la suma CONTRATACIONES POR PROCESO DE SELECCl6'N"
de SI. 14’581.567.00 (Catorce millones quinientos ABREVIADO-PSA
ochentiun mil quinientos sesenta y siete con 00/100 Art. 2° del Decreto de Urgencia N° 024-2006
nuevos soles), con la finalidad exclusiva de atender la
priorizacion efeetuada por el Directorio del FORSUR
segun el Acuerdo N° 060-09-2008-D-FORSUR; Numero de Orden Obra
Que, la Resolucion Ministerial N° 0334-2008-ED de 1 Reconstruccion de la infraestructura y
fecha 22 de julio de 2008, autoriza un credito suplementario equipamiento de la institution educativa N°
en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de 22240 “Francisco Corbetto Rocca” del distrito
Educacion para el Ario Fiscal 2008, hasta por la suma de Chincha Alta, provincia Chincha, departamento
SI. 14'581,567.00 (Catorce millones quinientos ochentiun lea
mil quinientos sesenta y siete con 00/100 nuevos soles): por Reconstruccion de la infraestructura y
la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, equipamiento de la institucion educativa N°
a favor de la Unidad Ejecutora 108 -Programs Nacional de 22635, del distrito Pueblo Nuevo, provincia
Infraestructura Educativa; Chincha, departamento lea
Que, la Ley N° 29078, Ley que crea el Fondo para la Sustitucion y Mejoramiento de la
Reconstruccidn Integral de las Zonas Afectadas por los infraestructura y eauipamiento de ia institucion
Sismos del 15 de agosto 2007, denominado “FORSUR”, educativa N" 222 dei distrito Chincha Alta.
reconoce en su articulo 7°, modificado por la Ley N° 29136 y provincia Chincha, departamento de lea,
el Decreto de Urgencia N° 003-2008, que las contrataciones
de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitation, Sustitucion y Mejoramiento de la
construction y reconstruccidn de la infraestructura a que infraestructura y equipamiento de la institucion
se refieren los numerates 1.1 y 1.2 del articulo 1 de la Ley educativa N° 22278 del distrito de Chincha
N° 29078 y modificatonas que se ejecuten con cargo a Alta, provincia Chincha departamento lea
los recursos del FORSUR, se sujetaran al procedimiento Sustitucion, reforzamiento y rehabilitacion de
contemplado en el articulo 6 del Decreto de Urgenda N° 026- la infraestructura de la institucion educativa N°
2007. Las demas contrataciones de bienes, servicios y obras 22237 “Aurelio Moises Flores Gonzales” del
se realizaran a traves del procedimiento abreviado, aprobado distrito de Chincha Alta, provincia Chincha,
por el Decreto de Urgencia N° 024-2006: ___departamento lea_
Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo Construccion, reforzamiento y equipamiento
2° del Decreto de Urgencia N° 024-2006, la relacion de de la infraestructura de institucion educativa
los bienes, servicios y obras a incluirse en el Proceso de N° 407, distrito El Carmen, provincia Chincha,
Selection Abreviado, se aprueba mediante Resolucion del _departamento lea
Titular de la Entidad o la maxima autoridad administrativa. Sustitucion, reforzamiento y rehabilitacion de
Dicha Resolucion, incluyendo la relacion, se publica en la infraestructura, mobiliano y equipamiento
el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales de la institucion educativa “Dos de mayo’
electronicos de las Entidades; del distrito Pueblo Nuevo, provincia Chincha,
Que, con la Hoja de Coordination Interna N° 1336- departamento ica.
2008-ME/SPE-UP, de fecha 23 de julio de 2008, la Unidad Reconstruccion y mejoramiento de la
de Presupuesto del Ministerio de Educacion expresa la infraestructura y equipamiento de la institucion
disponibilidad presupuestaria para la ejecucion de obra, educativa ‘San Agustin' de! distrito Chincha
elaboration de expedientes tecnicos y supervision de obra Alta, provincia Chincha, deoartamemo Ica
para atender 08 proyectos de rehabilitacion. construccion
y equipamiento de infraestructura: 233720-1
Que, mediante el documento del visto se solicita
la aprobacion de la contratacion para la ejecucion de
obra, elaboracion de expedientes tecnicos y supervision
de obra para atender 08 proyectos de rehabilitacion,
construccion y equipamiento de infraestructura, mediante
el Proceso de Seleccion Abreviado. para el Programa Aprueban lista de bienes y servicios
Nacional de Infraestructura Educativa, en el marco de cuya adquisicibn otorgara derecho
lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley N° 29078 y sus
modificatorias y el articulo 2° del Decreto de Urgencia a devolucion del IGV e Impuesto
N° 024-2006: de Promocion Municipal a favor de
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Apurfmac Ferrum S.A.
N° 25752, Ley Organica del Ministerio de Educacion,
modificada por la Ley N° 26510, la Ley N° 29078 -Ley RESOLUCION MINISTERIAL
que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de ias
Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto 2007 N° 357-2008-MEM/DM
denominado “FORSUR" y sus modificatorias, el articulo Lima, 31 de julio de 2008
2° del Decreto de Urgencia N° 024-2006 y el Reglamento
de Organizacion y Funciones del Ministerio ae Educacion, CONSIDERANDO:
aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus
modificatorias; Que. mediante Decreto Supremo N° 082-2002-EF se
SE RESUELVE: aprooo el Reglamento de la Ley N° 27623, modificada por
la Ley N° 27662, que dispone la devolucion del Impuesto
General a las Ventas e impuesto de Promocion Municipal
Articulo 1°.- Aprobar la relacion de ocho obras relativas a los titulares de la actividad minera durante la fase de
a proyectos ae reconstruccion de infraestructura educativa exploracion;
que se detallan en el anexo, que forma parte integrante Que, el inciso c) del articulo 6° del citado reglamento
de la presente resolucion, a contratarse por Proceso de estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se
Seleccion Abreviado, de conformidad con lo dispuesto en aprobara mediante resolucion ministerial del Ministerio de
el Decreto de Urgencia N° 024-2006. Energfa y Minas, previa opinion favorable del Ministerio de
Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Economia y Finanzas;
Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Que. por Decreto Supremo N° 150-2002-EF se aprobo
web del Ministerio de Educacion. la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicibn
otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal;
Registrese, comuniquese y publiquese. Que, APURIMAC FERRUM S.A. solicitb al Ministeno de
JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO Energia y Minas la suscripcion de un Contrato de Inversion
en Exploracion, adjuntando la lista de bienes y servicios
Mimstro de Educacion cuya adquisicibn le otorgara el derecho a la devolucion dei
j MINISTERIO OE ENERGIA V MINA.'
DPM DGM
rv
15 S'
| FOLIO.
Nu mg.ro s
B Peoiano £ NORMAS LEGALES 3.775B1
Lima, martss 5 cis agosto de 2008
Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion N“ SUBPARTIDA L
Municipal, durante la fase de exploracion; NACIONAL DESCRIPCION
Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante LOS DEMAS APARATOS PARA LA RECEPCION,
Oficio N° 205-2008-EF715.01 de fecha 04 de julio de 2008, 24 8517.62.90.00 CONVERSION Y TRANSMISSION O REGENERACION
emitio opinion favorable a la lista de bienes y servicios
presentada por APURIMAC FERRUM S.A. considerando . DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS
que la lista presentada por la citada empresa coincide con 25 8523.40.22.00 SOPORTES OPTICOS GRABADOS PARA REPROOUCIR
los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo N° IMAGEN O IMAGEN Y SONIDO
150-2002-EF, adecuado al Arancel de Aduanas vigente;
26 . 8523.40.29.00 LOS DEMAS SOPORTES OPTICOS GRABADOS
Con la opinion favorable de la Direction General de CAMIONETAS PICK-UP DE ENCENDIDO POR
Mineria del Minislerio de Energia y Minas; COMPRESiON, ENSAMBLADAS CON PESO TOTAL
27 3704.21 10.10
De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del - CON CARGA MAXIMA INFERIOR 0 IGUAL A 4.537 T.
articulo 6° del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado DIESEL
por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el articulo 9° del 28 8705.20.00.00 CAMiONES AUTOM0VILES PARA SONDEO O
Reglamento de Organizacidn y Funciones del Ministerio de PERFORACION
Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031 - CAMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFiA
2007-EM; 29 9006.30.00.00 SUBMARINA O AEREA, EXAMEN MEDICO DE
SE RESUELVE: ORGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE
MEDICINA LEGAL 0 IDENTIFlCACION JUDICIAL
Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios 30 9011.10.00.00 ; MICRQSCOPIOS ESTEREOSCOPICOS
cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolution LOS DEMAS MICRQSCOPIOS PARA
del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de 31 9011.20.00.00 FOTOMICROGRAFiA, CINEFOTOMICROGRAFiA O
Promocion Municipal a favor de APURIMAC FERRUM MOCROPROYECCION
S.A. durante la fase de exploracion, de acuerdo con 32 9012.10.00.00 MICROSCOPIQS, EXCEPTO LOS OPTICOS,
el Anexo que forma parte integrante de la presente DIFRACTOGRAFOS
resolution ministerial. 33 9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGAClON
AtREA. O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRUJUIAS)
Registrese, comuniquese y publiquese. 34 9014.80.00.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE
NAVEGAClON
JUAN VALDIVIA ROMERO 35 9015.10.00.00 TELEMfiTROS
Ministro de Energia y Minas 36 9015.20.10.00 TEODOLITOS
37 9015.20.20 00 TAQUiMETROS
38 9015.30.00.00 NIVELE3
ANEXO 39 9015.40.10,00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRiA.
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA ELFCTRICOS 0 ELECTRONICOS
LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE
DEVOLUCION DE IGV e IPM
40 9015.40.90.00 FOTOGRAMETRIA EXCEPTO ELECTRICOS O
APURIMAC FERRUM S.A. ELECTRONICOS
LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS
I. BIENES 41 9015.80.10.00 ELECTRICCS O ELECTRONICOS EXCEPTO DE
FOTOGRAMETRiA
LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO
42 9015.80.90.00
N° SUBPARTIDA DESCRIPCION ELECTRICOS O ELECTRONICOS
NACIONAL 43 9015.90.00.00 PARTES YACCESORIOS
1 2508.10.00.00 8ENTONITA LOS DEMAS APARATOS RESP'RATORIOS Y
2 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACION 44 9020.00.00.00 MASCARAS ANTIGAS. EXCEPTO LAS MASCARAS
DE POZOS (“LODCS”) DE PROTECCION SIN MECANISMO Nl ELEMENTO
3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA FiLTRANTE AMOVIBLE
PLASTICA ESPECTROMETROS, ESPECTROFOTOMETROS Y
4 6401 10 00.00 CALZADO CON PUNTERA METALICA DE 45 9027.30.00.00 E3PECTROGRAFOS QUE UTILICEN RADIAClONES
protecciOn Opticas (uv, visibles, irj
5 6506.10 00.00 CASCOS DE SEGURIDAD LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA
6 7228.30.00.00 BARRAS HUECAS PARA PERFORACION DE ACEROS 46 9030.33.00.00 MEDIDA O CONTROL DE TENSION, INTENSIDAD,
ALEADOS 0 SIN ALF.AR RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO
7 7304.22.00.00 rjBOS DE PERFORACION DE ACERO INOXiDABLE REGISTRADOR
7304.23.00.00 I LOS DEMAS TUBOS DE PERFORACION
8
9 3207.13.10.00 TREPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE
CERMET II. SERVICIOS
10 8207.13.20.00 BROCAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET
,0fl, -n ,n BARRENAS INTEGRA1ES CON PARTE OPERANTE DE
3207.13.30.00 ;CERMET a) Servicios de Operaciones de Exploracion Minera;
11
12 a>n-iiQnrn LOS DEMAS UTILES CON PARTE OPERANTE DE "opograficss y geodesicos.
320r.13.90.00 CERMET Geologicos y geotecnicos (incluye petrograncos,
113 3207.19.10.00 ITREPANQS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET mineragraficos, hidrologiccs, restitution fotogrametnca,
•14 8207.19.21 00 | BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET fotografias aereas, mecanica de rocas)._
15 3207.19.29 00 LAS DEMAS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y Servicios geofisicos y geoquimicos (Incluye ensayes).
DIAMANTADAS Servitios de perforacon aiamanlina y de circulation
16 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES reversa (rotp percusiva)._
17 8207.19.80.00 LOS DEMAS UTILES INTERCAMBIABLES DE Servicios aerotcpcg-afcos.
PERFORACION Y SONDEO Servicios de interpretation rmiltiespectral de imagenes ya
18 8207.90.00.00 LOS DEMAS UTILES INTERCAMBIABLES sean satelitaes o equipos aerotransportados.
19 8430,41.00.00 LAS DEMAS MAQUINAS DE SONDEO 0 PERFORACION Ensayes de ladoratorio (analisis de minerales, suelos.
AUTOPROPULSADAS agua, ate)_ _
20 8430.49.00.00 LAS DEMAS MAQUINAS DE SONDEO Y PERFORACION Otros Servicios Vmculados a la Actividad de Exploracion
EXCEPTO AUTOPROPULSADAS Minera:_I
8431.43.10.00 BALANCiNES Service de alojamienro y ainentacicr de) personal
21
LAS DEMAS PARTES DE LAS MAQUINAS DE SONDEO _operativo del Titular del Prayecto._ _
8431.43.90.00 0 PERFORACION DE LA SUBPARTlDAS 8430.41 U Servicio de asesoria, consultoria. astudios tecnicos
22 8430,49 especiales y auditorias destinados a las acnvidades de
8517.61.00.00 ESTACIONES BASE exploracion minera.
23
■* * n
377582 NORMAS LEGALES □ Paruano
Uma, martes 5 ce agoslo de 2008
Servicios de disefio, construccion, montaje industrial, Aceptan renuncia de Asesor li del
etectnco y mecanico, armado ydesarmado de maquinarias Comite de Asesoramiento del Despacho
y equipo necesario para las actividades de la exploracion
minera. _______ Ministerial
Servicios de inspection, mantenimiento y reparadon RESOLUCION MINISTERIAL
de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de
exptoraoon minera. _ N° 0691-2008-IN
Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, Lima, 4 de agosto de 2008
vehiculos y equipos necesarios para las actividades de
exploracion._
Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales Visto el documento que contiene la renuncia presentada
y suministros necesarios para las actividades de por el serior Hernan Octavio LOPEZ ORBEGOZO, al
exploracion y la construcaon de campamentos._ cargo publico de confianza de Asesor II del Comite de
Servicios medicos y hospitaianos._ Asesoramiento del Despacho Ministerial del Ministerio del
Servicios relacionados con la proteccion ambiental. Interior, Nivel F-5.
Servicios desistemasejnformatica.____ CONSIDERANDO:
Servicios de comunicaciones. incluyen comumcaacm
radial, telefonia sateiitai._ Que, mediante Resolution Ministerial N° 150-2007-
Servicios de segundad industrial ycnmraincendios. _ IN/0101. de fecha 8 de marzo de 2007, se designo al senor
Servicios de segundad y vicilanda de instalaciones y Hernan Octavio LOPEZ ORBEGOZO, al cargo publico de
personal operativo._ confianza de Asesor II del Comite de Asesoramiento del
Servicios de seguros._________ Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, Nivel F-5;
Servicios de rescate, auxilio. Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia
del citado servidor;
234045-1 Con la visacion de la Oficina General de Asesoria
Juridica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°
29158- Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N“ 27594
- Ley que regula la participation del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designation de Funcionanos Publicos, el
Designan Director General de la Oficina Texto Unico Ordenado del Decreto Legislative N° 370 - Ley
General de Comunicacibn Social del del Ministerio del Interior aprobado mediante el Decreto
Supremo N° 003-2004-IN y el Reglamento de Organization
Ministerio y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante
RESOLUCION MINISTERIAL Decreto Supremo N° 004-2005-IN;
N° 0690-2008-IN SE RESUELVE:
Lima, 4 de agosto de 2008 Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la
Visto el documento que contiene la renuncia presentada renuncia formulada por el serior Hernan Octavio LOPEZ
ORBEGOZO, al cargo publico de confianza de Asesor II
por el senor Carlos Manuel ASIAN PEREDA, al cargo de del Comite de Asesoramiento del Despacho Ministerial del
Director General de la Oficina General de Comunicacion Ministerio del Interior, Nivel F-5, dandosele las gracias por
Social del Ministerio del Interior. los servicios prestados.
CONSIDERANDO: Registrese, comuniquese y publiquese.
Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0154-2008- LUIS ALVA CASTRO
IN, de fecha 8 de marzo de 2008, se designo al serior Ministro del Interior
Carlos Manuel ASIAN PEREDA, en el cargo de Director
General de la Oficina General de Comunicacibn Social del 234033-2
Ministerio del Interior, Nivel F-5;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia
del citado servidor y designar al funcionario que ocupe RKLAUONES EXTERIOKES
dicho cargo;
Con la visacion de la Oficina General de Asesoria
Juridica del Ministerio del Interior; y, Nombran Embajador Extraordinario y
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158
- Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594 - Ley Plenipotenciario del Peru en la Republics
que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Bolivariana de Venezuela, para que se
Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, desempene simultaneamente como
el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislative N° 370
--- Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante Embajador Concurrente ante la Republics
el Decreto Supremo N° 003-2004-IN y. el Reglamento de Trinidad y Tobago
de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior
aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN; RESOLUCION SUPREMA
SE RESUELVE; N° 211-2008-RE
Articulo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia Lima, 4 de agosto de 2008
formulada por el serior Carlos Manuel ASIAN PEREDA,
en el cargo de Director General de la Oficina General de Vista la Resolucion Suprema N° 075-2007-RE, de 22
Comunicacibn Social del Ministerio del Interior, Nivel F-5, de febrero de 2007, que nombrb Embajador Extraordinario
dandole las gracias por los servicios prestados a la Nacion. y Plenipotenciario del Peril en la Repubiica Bolivariana de
Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al serior Venezuela, al serior Luis Santa Maria Calderon;
Julio Ivan PISUA GONZALES en el cargo del Director Vista la Resolucion Ministerial N° 0231-RE, de 23 de
General de la Oficina General de Comunicacibn Social del febrero de 2007, que fijo el 1 de marzo de 2007, como la fecha
Ministerio del Interior, Nivel F-5. en que debio asumir funciones el serior Luis Santa Maria
Registrese, comuniquese y pubh'quese. Calderon, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
del Peru en la Repubiica Bolivariana de Venezuela;
LUIS ALVA CASTRO CONSIDERANDO:
Ministro del interior
Que, el inciso 12) del articulo 118° de ia Constitucion
234033-1
Politica del Peru, establece la facultad del serior Presidente
ANEXO N° III
CONCESIONES MINERAS
APURIMAC FERRUM S.A.
ITEM NOMBRE DE CONCESION CODIGO UNICO HECTAREAS
Proyecto de exploracion "APURIMAC"
1 CORIMINAS II 010162499 999.9993
2 CORIMINAS V 010162699 1000
3 FERRUM 1 010298304 1000
4 FERRUM 10 010299204 1000
5 FERRUM 11 010299304 1000
6 FERRUM 13 010313906 600
7 FERRUM 2 010298404 1000
8 FERRUM 3 1010298504 1000
9 FERRUM 4 010298604 1000
10 FERRUM 5 010298704 1000
11 FERRUM 7 010298904 500
12 FERRUM 8 010299004 900
13 FERRUM 9 010299104 1000
14 LOS ANDES I 05006372X01 999
15 LUCRECIA ESPERANZA 010064999 100
16 MAPS A 2001 010120401 800
17 NUEVA OROPAMPA 6 010086099 400
18 OPABAN I 05006349X01 999
19 OPABAN III 05006351X01 990
20 PITUMARCA II 05006385X01 1000
Proyecto de exploracion "CUZCO"
21 EL PACIFICO I 05006536X01 619
22 EL PACIFICO II 05006524X01 1000
23 DELIA ESPERANZA 05006522X01 1000
24 FLOR DE MARIA 05006521X01 907.1700
25 JULIA CLARA 05006523X01 1000
26 FERRUM 14 010304705 400